11 febrero 2009

Documentos requeridos para vuelos internacionales




Documentación Requerida para Ciudadanos Mexicanos entrando a los Estados Unidos

Se requiere visa expedida por los Estados Unidos de Norteamérica así como pasaporte. Para evitar contratiempos al ingresar se recomienda que ambos documentos cuenten con una fecha de expiración de al menos de 6 meses de la fecha de terminación del viaje, mas dicha vigencia no es un requisito obligatorio. La visa puede estar adjunta al pasaporte mexicano o separada en la forma de border crossing card.

Además se requiere el llenado de la forma I-94 de Registro de Entrada y la forma 6059B de declaración Aduanal, las cuales serán proporcionadas en el avión por la aerolínea. Las formas solicitan información básica de identificación del pasajero, así como la dirección donde se hospedara dentro de los Estados Unidos. Si se hospeda en un hotel, es importante obtener la dirección antes del viaje, puesto que es requisito el informar a las autoridades migratorias la dirección de hospedaje.

Artículos personales en cantidad razonable para la duración del viaje incluyendo ropa y calzado, artículos de higiene personal, una computadora portátil, cámara fotográfica, videojuegos y reproductores portátiles pueden ser introducidos sin necesidad de declararlos al ingresar a los Estados Unidos. Solo se deberá de declarar aquellos artículos que vayan a permanecer en los Estados Unidos después de completado el viaje, como son los regalos. Se cuenta con una excepción de USD $100 dólares. Sobrepasando esa cantidad se deberá de pagar derechos de importación. Excepciones aplican tratándose de cervezas, bebidas alcohólicas y tabacos labrados

Documentación Requerida para Ciudadanos Mexicanos entrando a México

Se deberá de presentar pasaporte Mexicano valido para internarse a México. Además se deberá de llenar una forma de declaración de aduana, la cual será entregada a bordo del avión o a la llegada en el aeropuerto.

Artículos personales en cantidad razonable para la duración del viaje incluyendo ropa y calzado, artículos de higiene personal, una computadora portátil, cámara fotográfica, videojuegos y reproductores portátiles entre otros, pueden ser introducidos sin necesidad de declararlos al ingresar a México. Solo se deberá de declarar aquellos artículos adquiridos en los Estados Unidos, siempre y cuando rebasen la franquicia de importación aérea de USD $300. Se deberá contar con la factura, comprobante de venta o cualquier otro documento que exprese el valor comercial de las mercancías. Las cantidades podrán acumularse por el padre, la madre y los hijos, considerando inclusive a los menores de edad, cuando el arribo a territorio nacional sea simultáneo y en el mismo medio de transporte. Excepciones aplican tratándose de cervezas, bebidas alcohólicas y tabacos labrados

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